Según el RD 88/2013 todos los ascensores deben pasar la preceptiva inspección periódica por Organismo de Control.
La periodicidad de este tipo de inspecciones es la siguiente:
– En locales de pública concurrencia y edificios públicos e industriales: cada 2 años.
– En edificios de viviendas con 4 o más plantas servidas y 20 o más viviendas: cada 4 años.
– En edificios de viviendas con 4 plantas servidas y menos de 20 de viviendas: cada 6 años.
OCANOR es un organismo de control acreditado por ENAC (436/EI672) que ofrece estos servicios de inspección a sus clientes.
Nuestros principales clientes son comunidades de vecinos, administradores de comunidades, organismos públicos, hoteles, geriátricos, centros de enseñanza, etc.
Si Ud. precisa de un organismo de control escríbanos y nosotros le contestaremos en el plazo no mayor de 24 horas.