Ascensores

ascensores

Según  el  RD  88/2013  todos  los  ascensores deben  pasar  la  preceptiva  inspección periódica  por  Organismo  de  Control.

La periodicidad de este tipo de inspecciones es la siguiente:
– En locales de pública concurrencia y edificios públicos e industriales: cada 2 años.
– En edificios de viviendas con 4 o más plantas servidas y 20 o más viviendas: cada 4 años.
– En edificios de viviendas con 4 plantas servidas y menos de 20 de viviendas: cada 6 años.

OCANOR es un organismo de control acreditado por ENAC (436/EI672) que ofrece estos servicios de inspección a sus clientes.

Nuestros principales clientes son comunidades de vecinos, administradores de comunidades, organismos públicos, hoteles, geriátricos, centros de enseñanza, etc.

Si Ud. precisa de un organismo de control escríbanos y nosotros le contestaremos en el plazo no mayor de 24 horas.

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